La actividad que desempeña el canal mayorista al suministrar productos y servicios tecnológicos, que son básicos para mantener operativos los sistemas de información de los sectores críticos, se considera esencial y los trabajadores de estas empresas no pueden acogerse al periodo de permiso retribuido que contempla el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, para reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid-19.
El artículo 13 del anexo de la normativa se indica claramente que el permiso retribuido no afecta a los empleados de “las empresas de telecomunicaciones y audiovisuales y de servicios informáticos esenciales, así como aquellas redes e instalaciones que los soportan y los sectores o subsectores necesarios para su correcto funcionamiento, especialmente aquéllos que resulten imprescindibles para la adecuada prestación de los servicios públicos, así como el funcionamiento del trabajo no presencial de los empleados públicos”.
La reacción a esta disposición no se ha hecho esperar y algunos de los mayoristas más relevantes de nuestro país han comunicado que sigue operando con las medidas que habían establecido para seguir con su actividad. Es el caso de Ingram Micro que emitió ayer un comunicado señalando que “seguirá 100 % operativo, siendo consciente de la importante labor que cumple, hoy más que nunca: proveer a la sociedad de productos, soluciones y servicios tecnológicos imprescindibles para mantener operativos los sistemas de información de sectores críticos como el sanitario, el alimentario, el logístico y todos los incluidos en la disposición gubernamental”.
Tech Data también se ha pronunciado a través de una publicación en la red LinkedID de Paulí Amat, country manager del mayorista en España, en la que comunica que “Tech Data España operará con normalidad a partir del lunes 30 de marzo. Tras estudiar la publicación del RDL 10/2020, de 29 de Marzo por el que se regula el permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales, observamos que la actividad desarrollada por TD España, más concretamente en su área logística, forma parte de lo que se consideran servicios esenciales”.